martes, 21 de diciembre de 2010

Le pidieron disculpas con 500 mil pesos

Un hombre pasó 3 años en la cárcel por error y el juez que entendía en la causa lo indemnizó con una suculenta cifra de dinero.

¿Cuánto vale cada día de una vida? ¿Cuanto vale la suma de días hasta alcanzar tres años y dos meses? ¿Cuánto vale estar detenido por un crimen y ser inocente? Para la justicia bonaerense la respuesta a las tres preguntas son 500 mil pesos.

Un hombre de Florencio Varela fue detenido acusado por tenencia ilegal de armas y luego como presunto autor de un robo y asesinato de una mujer dueña de una bailanta. Se le dictó la prisión preventiva que lo hizo pasear de comisaría en comisaría, hasta que transcurrió los últimos años en el penal de de General Alvear. Tras un breve juicio se demostró que era inocente y fue liberado, pero ya era tarde, su vida había cambiado.

Durante el juicio se comprobó que las armas que se encontraron en su vivienda el día del allanamiento y por las que fue detenido, eran propiedad del cuñado del detenido, quien incluso presentó la documentación que autorizaba su tenencia. El juicio finalmente fue positivo para él y su familia, fue absuelto ya que “nada se había probado en contra de él".

Tras la liberación, fue su mujer y su hija quienes demandaron al estado, reclamando un resarcimiento económico por daños y perjuicios por un monto de cuatro millones de pesos.

En la demanda, los familiares indicaron que mientras estuvo detenido, su vehículo, secuestrado por la Policía, fue rematado por la Fiscalía de Estado por 2.420 pesos.

El demandante dijo haber sido "golpeado por los policías y por los detenidos con los que compartió celda durante seis meses en la Comisaría sexta de Ezpeleta". Luego fue trasladado a la Unidad 30 de General Alvear, de allí a la 35 de Magdalena y a la 24 de Florencio Varela, donde "por su condición de novato", habría sido objeto de vejámenes que la familia atribuye a reclusos y guardiacárceles.

La fiscalía del estado planteó que "la prisión preventiva dictada por el juez de Garantías no constituyó un obrar ilegítimo del Estado, en la medida en que no se observa en dicho acto jurisdiccional un error manifiesto e inexcusable" como así también que "el hecho de que el Tribunal Oral encuadrara la conducta del imputado de forma distinta no torna errónea la decisión previa, pues se encontraba abastecida por la existencia de semiplena prueba al respecto".

No obstante, el Juez en lo Contencioso Administrativo platense Luis Arias rechazó el planteo y resolvió condenar al Estado provincial al pago de 500 mil pesos en concepto de indemnización.

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